Articulo 18 : Calificación Mínima (Condiciones de aprobación de la Unidad Curricular)

Artículo 18: Se considera aprobada la Unidad Curricular, cuando el estudiante haya
cumplido, al menos las siguientes condiciones:

  1. Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos. 
  2. Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la Unidad Curricular.


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